¿Está a la vuelta de la esquina la despenalización del autocultivo de marihuana en España?

  • La Ley de Seguridad Ciudadana, que en un principio se hace efectiva en julio, establece una serie de sanciones para determinados supuestos relacionados con el cultivo y tenencia de cannabis. Sin embargo, no lo hace para otros, por lo que los expertos consideran que este puede ser el principio de la despenalización del autocultivo de marihuana en España. 

El próximo 1 de julio entrará en vigor en España la Ley de Seguridad Ciudadana aprobada solo con los votos del Partido Popular, a menos que el Tribunal Constitucional la rechace después de que la oposición interpusiera recurso contra ella. Si bien la conocida como "ley mordaza", cuyo texto fue publicado en el BOE el pasado mes de marzo, se ha llevado muchas críticas desde sectores muy diversos, algunas de sus disposiciones podrían llevar a la despenalización del autocultivo de marihuana en España.

Entre otras cosas, el artículo 36.18 señala que se considerará infracción grave "la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal". Esta es la primera vez en la que se añade un párrafo claramente relacionado con el cultivo de cannabis y que especifica sanciones solo para lugares públicos.

Hay quien considera, como el abogado Enrique Fornes, que al quedar esto tipificado de forma expresa se entiende que hacerlo en lugares privados no supondría una infracción grave y no estaría prohibido, porque no se especifica como tal. A pesar de ello, sigue sancionándose administrativamente el consumo y tenencia de ciertas sustancias (aunque no estuvieran destinadas al tráfico) en vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, "así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares" (según el artículo 36.18).

Esto quiere decir que los 'growshops' podrían vender marihuana mientras no la expongan en público y que los usuarios podrían cultivar cannabis siempre y cuando lo hagan en lugares no visibles y no trafiquen con él. Por otro lado, la multa mínima por tenencia de ciertas sustancias será de 601 euros.

De momento no se puede cantar victoria, sino que hay que esperar a conocer si la resolución del Tribunal Constitucional es favorable al Partido Popular o a las exigencias de la oposición. Después habrá que prestar atención a lo que finalmente contempla la ley. Y a lo que no, también. 

12/06/2015

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